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Reclamación de deudas. Abogados reclamaciones.

Toda deuda dineraria vencida y exigible puede reclamarse por vía judicial, siempre que se pueda acreditar su existencia de algún modo.

Para acreditar la deuda servirá cualquier tipo de documento: factura, letras de cambio, pagarés, cheques, reconocimientos de deuda, o cualquier otro documento que acredite la existencia de la deuda.

Dependiendo de cuál sea el documento que dé lugar a la deuda tendremos que acudir a un procedimiento diferente. Por ejemplo, el Juicio Cambiario será el procedimiento para el caso de las letras de cambio, cheques y pagarés.

Lo primero que se debe intentar es la reclamación extrajudicial, para intentar llegar a un acuerdo amistoso con el deudor.

De no ser posible este acuerdo, se iniciarán las acciones judiciales encaminadas a reclamar el cobro de la deuda.

Consúltenos. Somos abogados especializados en la reclamación de todo tipo de deudas comerciales. Visite nuestro despacho y le asesoraremos.

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